En la sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre el fiscal, la acusación particular y la defensa, al procesado, de 42 años, se le ha estimado la atenuante muy cualificada de trastorno mental, ha informado el TSJN.
Además, en el fallo se le ha impuesto al acusado una medida de libertad vigilada por tiempo de 5 años, el mismo tiempo durante el cual no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima, a la que deberá indemnizar con 6.000 euros por el daño moral causado.
La agresión sexual se produjo sobre las 14.15 horas del 4 de octubre de 2018, cuando el inculpado abordó en uno de los pasillos del centro a otra interna. Según recoge la sentencia, "aprovechándose de la vulnerabilidad" de la víctima, "debido a su capacidad intelectual límite y el trastorno mixto ansioso depresivo con conductas desadaptativas", la arrastró hasta su habitación.
Allí, añade, tras un forcejeo entre ambos, el encausado realizó tocamientos a la víctima e intentó que ésta llevara a cabo contra su voluntad actos que atentaban contra su libertad sexual. Finalmente, la mujer pudo abandonar la habitación.
A consecuencia de los hechos, la víctima sufrió "diversos índices de malestar emocional como temor, sentimientos de asco, problemas para dormir, pensamientos intrusivos que le generaron tristeza y conductas evitativas".
El acusado, según consta en la sentencia, "está diagnosticado de trastorno de la personalidad del comportamiento debido a enfermedad, disfunción o lesión cerebral, retraso mental leve, y consumo perjudicial de alcohol en remisión".
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios